No tienen derecho a la ayuda quienes, a 31 de diciembre de 2022, perciban el Ingreso Mínimo Vital (IMV) o una pensión o las rentas obtenidas en 2022 (incluidas las que perciban los convivientes) excedan de 27.000,00 euros íntegros de renta.
1. Tener residencia legal y efectiva en España en 2022 (permanecer más de 183 días o que radique el núcleo principal de las actividades).
2. Que en 2022 no se superen 27.000 euros íntegros de rentas (es decir, el
importe bruto sin descontar gastos ni retenciones) y 75.000 euros de
patrimonio a 31 de diciembre de 2022 (descontando la vivienda habitua
3. Que a 31 de diciembre de 2022 no se perciba el Ingreso Mínimo Vital / Ayuda a la infancia o una pensión de la Seguridad Social (régimen general o especial).
4. Que en 2022 ninguno de los convivientes mencionados fuesen administradores de una sociedad activa, titulares de acciones o participaciones no cotizadas.
En la Sede electrónica de la Agencia Tributaria.
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC61.shtml
Plazo de solicitud: hasta el 31 de Marzo de 2023.
Te adjuntamos folleto informativo sobre la ayuda. (Folleto_nueva_ayuda_200_euros)
Folleto Agencia tributaria para solicitar la nueva ayuda de los 200 euros
Si reúne los requisitos y quiere que nosotros realicemos la solicitud de la ayuda con un coste de 20,00 Euros, necesitamos nos reitere la siguiente información, comunicate con nosotros por el formulario
Datos del solicitante: NIE, Nombre y Apellidos y teléfono de contacto.
Cuenta Bancaria: cuenta titular del solicitante para abonar la ayuda mediante transferencia.
Marcar las siguientes casillas si declara cumplir las siguientes condiciones a 27 de junio de 2022:
– Desempeña un trabajo o realiza una actividad económica por la que estaba de alta en la Seguridad Social o en una mutualidad.
– Ha sido beneficiario de la prestación o subsidio por desempleo.
– Ha tenido su residencia habitual en España
Domicilio de residencia a 31 de diociembre de 2022: dirección, código postal, localidad, Provincia, referencia catastral.
Relación de convivientes en el domicilio de residencia (31/12/2022):
– Cónyuge o pareja de hecho incrita en el registro.
– Descendientes menores de 25 años o con un grado de discapacidad ogual o superior al 33% cualquierra que sea su edad, que pudiesesn dar derecho a aplicar el nínimo por descendientes.
– Ascenientes hasta segundo grado por línea directa.
Necesitamos NIE, Apellidos, y Nombre y fecha de nacimiento.
Para cualquier información no duden en ponerse en contacto con nosotros.